La directiva REACH es un reglamento de la Unión Europea sobre el registro, la evaluación, la autorización y la limitación de las sustancias químicas (Registration, Evaluation, Authorization and Restriction forman el acrónimo REACH).
Consta de 15 títulos, divididos en 141 artículos y 17 anexos técnicos y, al tratarse de un reglamento y no de una directiva, no requiere ningún acto de transposición o implementación y es de aplicación inmediata por todos los Estados miembros de la UE.
El reglamento REACH impone a todos los fabricantes e importadores (de países no pertenecientes a la UE) de sustancias químicas la obligación de registrarlas en la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). El registro de sustancias químicas consiste en enviar a la ECHA por parte de los fabricantes e importadores una lista compleja de información sobre estas sustancias y sus usos. En el caso de las sustancias especialmente peligrosas, la ECHA impone otras especificaciones para la autorización o la limitación del uso.
La lista de sustancias cuya producción, venta o uso debe autorizarse en el territorio de la Unión Europea puede consultarse en el Anexo XVII de este reglamento; esta lista se revisa periódicamente y está siempre disponible para su consulta en el sitio web de la ECHA.
La lista de “restricciones sobre la producción, el comercio y la utilización de algunas sustancias peligrosas, compuestos y artículos” se puede consultar en el Anexo XVII. Estas sustancias no están sujetas a autorización previa; sin embargo, los expedidores, usuarios y proveedores están sujetos a restricciones que pueden encontrarse en su interior.
Durante el ciclo de producción, Fassi Gru S.p.A. no introduce en sus productos ninguna de las sustancias incluidas en el Anexo XIV, para las que se debe solicitar autorización de uso.
La empresa debe verificar en todo caso que, durante los procesos de la cadena de suministro, los propios proveedores no las utilicen sin autorización previa.